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Pro Multiriesgos

Pro Multiriesgo


Reduce el riesgo de su negocio; este seguro protege los activos (Maquinarias, Contenidos y/o Existencias) ante un evento súbito e imprevisto tales como un incendio o un desastre natural como un terremoto.

(Los predios deben estar ubicados en territorio nacional y se excluyen las propiedades instaladas a menos de 50 metros de las orillas marítimas)


¿Qué beneficios te ofrece este seguro?


Porque en PROEMPRESA nos preocupamos por ti y tú negocio, ya que en caso se siniestren los bienes declarados, LA POSITIVA pagará la deuda al momento del siniestro. (saldo insoluto).


COBERTURA


Suma Asegurada

(De acuerdo al importe desembolsado

Incendio y/o Rayo, Explosión, Daños por Agua, Impacto de Vehículos

Hasta S/ 60,000.00.


Terrorismo y Riesgos Políticos (Incluye Daño Malicioso, Vandalismo, Huelga y Conmoción Civil)

Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica, Fuego Subterráneo, Huracán, Ventarrón, Tempestad y Granizo, Maremoto (Tsunami), Salida del mar, Marejada y Oleaje.

Gastos Extraordinarios

Hasta 10% de la Suma Asegurada máximo S/ 6,000


¿Quiénes pueden afiliarse?

A este seguro pueden afiliarse todas las personas naturales y jurídicas que desembolsen menos o igual a S/ 60.000.00


¿Cuál es el costo del seguro?

La tasa mensual del seguro es del 0.044% del crédito desembolsado.


¿Dónde puedo solicitar el seguro?

En toda nuestra red de Agencias a nivel nacional.


¿Qué hacer en caso de siniestros y reclamos?

El beneficiario deberá dar aviso a La Positiva Seguros y Reaseguros S.A.A y presentar los documentos sustentatorios indicados en la Solicitud – Certificado.


Exclusiones


Este seguro no otorga cobertura a los siguientes bienes:

• Langosteras, sembríos, plantaciones, animales vivos.

• Dinero en efectivo, títulos valores de cualquier especie.

• Puentes, represas, túneles, diques, muelles e instalaciones portuarias.

• Equipos mientras se encuentren bajo tierra.

• Los títulos, papeletas de empeño o documentos de cualquier clase, los sellos, monedas, billetes de banco, cheques, letras, pagarés y similares, los registros y los libros de comercio.

•Las mercancías que el Asegurado conserve bajo contrato de depósito o en comisión o en consignación.

•Explosivos y material para explosivos de cualquier tipo, incluyendo, pero no limitado a: material pirotécnico, mechas, fulminantes, detonadores y similares que utilicen pólvora.

•Los lingotes de oro y plata y las pedrerías. Las alhajas, relojes de uso personal, perlas, piedras preciosas, metales preciosos, joyas, medallas, platería, pieles, cuadros, pinturas, esculturas, estatuas, frescos, dibujos, las obras de arte, colecciones y en general los muebles y/u objetos que tengan especial valor artístico, científico o histórico.

•Bibliotecas, así como colecciones de cualquier tipo. Libros y registros contables y/o estadísticos y/o de cualquier naturaleza; manuscritos, planos, dibujos, croquis, modelos, moldes, patrones, sellos y otros objetos similares; software y licencias; fórmulas de cualquier tipo; chips y, en general, cualquier medio físico, magnético, o digital que contenga o almacene o administre información.


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